El matrimonio es una institución y la sociedad conyugal es otra completamente independiente, que a pesar de haberse creado por efecto del matrimonio puede disolverse con la sola voluntad de los cónyuges, sin que esto produzca efectos negativos o lesione jurídicamente la unión conyugal o matrimonio.
Otorga a los cónyuges la capacidad de dividir e individualizar su patrimonio adquirido durante el matrimonio.
Requisitos:
Petición con firma de abogado y cónyuges.
Partida de Matrimonio
Original y 3 Copias de cédula y papeleta de votación (A color) de los cónyuges