Disolución de la Sociedad Conyugal

El matrimonio es una institución y la sociedad conyugal es otra completamente independiente, que a pesar de haberse creado por efecto del matrimonio puede disolverse con la sola voluntad de los cónyuges, sin que esto produzca efectos negativos o lesione jurídicamente la unión conyugal o matrimonio.

Otorga a los cónyuges la capacidad de dividir e individualizar su patrimonio adquirido durante el matrimonio.

Requisitos:

  • Petición con firma de abogado y cónyuges.
  • Partida de Matrimonio
  • Original y 3 Copias de cédula y papeleta de votación (A color) de los cónyuges

Contacto para realizar el trámite con NOTARIA 75

Enlace directo a nuestro WhatsApp