Divorcio por Mutuo Consentimiento
Para que proceda el trámite en sede notarial debe ser libre y voluntario, es decir las partes deben comparecer ante el notario sin presión ni amenazas, y deben estar seguros de la decisión de divorciarse o terminar la unión de hecho.
SIN HIJOS MENORES DE EDAD O DEPENDIENTES:
Requisitos:
- Partida de matrimonio.
- Declaración Juramentada.
- La o el notario mandará que los comparecientes reconozcan sus respectivas firmas y rúbricas de la petición firmada por un abogado y fijará fecha y hora para que tenga lugar la audiencia, en el que las partes deberán ratificar de consuno y de viva voz su voluntad de divorciarse o dar por terminada la unión de hecho.
- La o el notario levantará un acta de la diligencia en la que declarará disuelto el vínculo matrimonial o la terminación de la unión de hecho de la que, debidamente protocolizada, se entregarán 2 copias certificadas a las partes para la inscripción en el Registro Civil y cumplirá con la notificación dispuesta en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.
- Los cónyuges o las personas en unión de hecho podrán comparecer directamente o a través de procuradores especiales.
CON DEPENDIENTES, CUANDO SU SITUACIÓN EN RELACIÓN A TENENCIA, VISITAS Y ALIMENTOS SE ENCUENTRE RESUELTA CON ACTA DE MEDIACIÓN O RESOLUCIÓN JUDICIAL DICTADA POR JUEZ COMPETENTE:
Requisitos:
- Partida de matrimonio.
- Declaración Juramentada.
- La o el notario mandará que los comparecientes reconozcan sus respectivas firmas y rúbricas de la petición firmada por un abogado y fijará fecha y hora para que tenga lugar la audiencia, en el que las partes deberán ratificar de consuno y de viva voz su voluntad de divorciarse o dar por terminada la unión de hecho.
- La o el notario levantará un acta de la diligencia en la que declarará disuelto el vínculo matrimonial o la terminación de la unión de hecho de la que, debidamente protocolizada, se entregará 2 copias certificadas a las partes para la inscripción en el Registro Civil y cumplirá con la notificación dispuesta en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.
- Partidas de nacimiento de los hijos menores de edad.
- Los cónyuges o las personas en unión de hecho podrán comparecer directamente o a través de procuradores especiales.
Contacto para realizar el trámite con NOTARIA 75
Enlace directo a nuestro WhatsApp