Acta notarial mediante la cual el notario concede la posesión efectiva de los bienes del causante a la o las personas que se creyeren con derecho a la sucesión del causante.
Requisitos:
Copias de cédula de los herederos
Partidas de nacimiento de los herederos
Partida de matrimonio del fallecido (en caso de haber fallecido en estado civil de casado)
Certificado o partida de defunción del causante.
Petición suscrita y firmada por los peticionarios y un abogado.