La unión de dos personas (de diferente o del mismo sexo), libres de vínculo matrimonial constituyen la unión de hecho.
Requisitos:
Petición suscrita y firmada por un abogado que también deberá contar con la firma de los peticionarios.
Cédula y Certificado de Votación (Original y Copias) de los peticionarios
Ser de estado civil: Soltero/a – Divorciado/a – Viudo/a.
Si alguno es extranjero, se requiere cedula de identidad, debe estar legalmente en el país, contar con una visa reconocida en el Ecuador, además debe justificar su estado civil documentalmente y apostillados.